Préface
Tragicomedia de los jardines y campos sabeos
Enríquez de Guzmán, Feliciana
Éditeur scientifique : Rouane Soupault Isabelle ; Rabaté, Philippe
Description
Auteur du paratexteEnríquez de Guzmán, Feliciana
Auteur de la pièceEnríquez de Guzmán, Feliciana
Titre de la pièceTragicomedia de los jardines y campos sabeos
Titre du paratexteCarta Ejecutoria
Genre du textePréface
Genre de la pièceTragicomedia
Date1624
LangueEspagnol
ÉditionLisbonne, 1627, in-4°
Éditeur scientifiqueRouane Soupault Isabelle ; Rabaté, Philippe
Nombre de pages2
Adresse sourcehttp://bdh-rd.bne.es/viewer.vm?id=0000078440&page=1
Fichier TEIhttp://www.idt.paris-sorbonne.fr/tei/Enriquez-Jardines-Preface.xml
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Fichier ODThttp://www.idt.paris-sorbonne.fr/odt/Enriquez-Jardines-Preface.odt
Mise à jour2015-06-11
Mots-clés
Mots-clés français
GenreTragicomedia / comedia ; tragicomedia comme modèle de perfection
SourcesAuteurs comiques de l’Antiquité
DramaturgieRespect de l’Art poétique d’Horace, d’Aristote et des préceptes de l’Antiquité ; division en actes et en scènes
LieuUnité
TempsUnité
Personnage(s)Multiplicité des personnages à proscrire
RéceptionRejet du vulgaire
AutreFemmes illustres
Mots-clés italiens
GenereTragicommedia / commedia ; tragicommedia come modello di perfezione
FontiAutori comici dell’Antiquità
DrammaturgiaRispetto del Arte poetica di Orazio, di Aristotele e dei precetti dell’Antiquità ; divisione in atti e scene
LuogoUnità
TempoUnità
Personaggio(i)Multiplicità dei personagi da proibire
RicezioneRifiuto del volgare
AltriDonne illustri
Mots-clés espagnols
GéneroTragicomedia contra comedia ; tragicomedia como modelo de perfección
FuentesAutores cómicos de la Antigüedad
DramaturgiaRespeto del Arte poética de Horacio y de Aristóteles y de los preceptos de la Antigüedad ; división en actos y en escenas
LugarUnidad
TiempoUnidad
Personaje(s)Rechazo de la multiplicidad de personajes
RecepciónRechazo del vulgo
OtrasMujeres ilustres
Présentation
Présentation en français
Le texte, qui imite le ton et la rhétorique habituelle des documents juridiques officiels, invente un procès devant le Conseil Royal de Poésie, présidé par Apollon et les neuf muses. Les poètes et dramaturges espagnols y présentent une requête à l’encontre d’une femme qui a eu l’audace d’écrire une tragi-comédie en respectant les préceptes du théâtre classique gréco-latin. La lettre fait référence aux procédures menées à bien par ledit Tribunal, aux discours et arguments des parties opposées, alternant apologies et diatribes, ainsi qu’aux dépositions des témoins.
En conclusion, le tribunal rend sa sentence en faveur de la dramaturge, à laquelle est octroyé en récompense suprême le laurier du vainqueur. Le mélange complexe de personnages issus de la mythologie et de la réalité socio-historique contemporaine renvoie directement à la pièce de l’auteur et permet une actualisation efficace. Ce procès fictif permet à Feliciana Enríquez de Guzmán de promouvoir son œuvre par le détour d’un procédé inventif. On constatera que le ton revendicatif révèle l’audace de celle qui fut la première femme dramaturge espagnole, et s’inscrit ainsi dans une double querelle générique, en défendant à la fois les canons aristotéliciens et le statut de la femme auteur.
Présentation en espagnol
Texte
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Carta ejecutoria1
Apolo, Febo, Timbreo, Titán, Paean, Clario, Loemio, Ulio, Libistino, Philiesio, Pitjio, Latoo, Lintesio, Loxias, Aegleto, Gergitio, Argirotoxo, Oetoscito, Delio, Agileo, Sminteo, Didimeto2, por la gracia de Júpiter, rey del cuarto cielo, sol alumbrador del universo, señor de todas las vertientes de la fuente Aganipe, etc. A la serenísima princesa de las ciencias, Pallas, Minerva y a las nueve infantas de nuestro Parnaso y Consejo Real de Poesía, nuestras muy caras y muy amadas hermanas, duques, condes, marqueses, ricos hombres, presidentes y oidores de las nuestras audiencias y cancillerías, etc. Y a todos los poetas españoles, que andáis vagando por las faldas y cumbres de nuestro sacro Monte, salud y gracia3. Sepades que en el dicho nuestro Consejo Real de Poesía, ante las dichas nueve infantas, nuestras musas y oidoras, se presentó una simple querella y demanda4 por parte de los poetas cómicos de España5, juntamente con la tragicomedia intitulada Los jardines y campos sabeos, que en la ciudad de Hércules, nuestro hermano, sacada de zanjas por Hispalo su hijo y de su nombre Hispalis llamada, se había compuesto por una, que decía ser descendiente de Maya6, hija de Atlante, rey de las Españas; por la cual se querellaron de ella y le pusieron demanda, diciendo que siendo mujer7 y no pudiendo hablar entre poetas, había tenido atrevimiento de componer la dicha tragicomedia, y dejádose decir en ella que había sido la primera que con toda propiedad y rigor había imitado a los cómicos antiguos y guardado su arte poética y preceptos8; y ganado nuestro laurel a todos los que habían compuesto comedias, en lo cual había excedido notablemente; y todo lo que decía era novedad, quimera y disparate. Porque nos pedían y suplicaban declarásemos la dicha tragicomedia por novela impertinente9 y a la autora de ella por autora de novedades y dislates ; y la condenásemos en perdimiento de tiempo y de la impresión en las costas de ella ; y mandásemos que en las comedias no se hiciese novedad ; y pidieron justicia10. Y por nuestras musas, vista la dicha querella y demanda, mandaron dar traslado a la parte11. La cual por su petición, que ante ellas presentó, dijo que la dicha querella y demanda no procedía por lo general, y lo que de ella resultaba. Y porque su tragicomedia era muy útil y provechosa para desterrar de España muchas comedias indignas de gozar los Campos Elíseos; y para libertarla y libertar a sus ilustres y nobles poetas del tributo que por tener paz con el bárbaro vulgo12, le han pagado hasta su tiempo, con la misma España y sus perseguidos moradores lo pagaron de cien doncellas en cada un año por tener tregua con el paganismo, hasta que las siete doncellas mancas, con su valerosa hazaña, dieron causa a su redención; a las cuales ella, como generosa parienta suya, había imitado, libertando a la misma valerosa España y a sus muchos ilustrísimos poetas que compulsos y apremiados, habían rendido semejantes paria. Porque nos pedía y suplicaba denegásemos a la parte de los dichos poetas lo que pedían y les pusiésemos perpetuo silencio; y juntamente mandásemos establecer por ley y pragmática sanción, promulgada en nuestras cortes, que todas las comedias guardasen de aquí adelante la traza y arte, leyes y preceptos de la dicha tragicomedia; la cual generalmente se leyese en todas nuestras academias por arte poética de buena comedia y pidió justicia13. Y por nuestras musas fue mandado dar traslado a los poetas; los cuales se afirmaron en su demanda14, diciendo que todo lo dicho, alegado y pedido por la susodicha era burlería y notorio disparate; y que los poetas españoles eran hoy la luz de la poesía en todas las naciones del universo; y no se debía permitir contra ellos censura tan rigurosa de una mujer; mayormente en materia de comedias en las cuales se hallaban en España algunas tan elegantes y elocuentes que merecían el aplauso de grandes príncipes y la admiración de hombres doctísimos y versados en todas facultades y buenas letras. Y que era arcaísmo y antigüedad desusada la que quería introducir, y no era posible su introducción; porque si las cosas representadas sucedían en diferentes lugares y tiempos, mal se podían disponer en un solo lugar y tiempo, sin evidente falsedad15; y mucho menos en lugar público delante del pueblo las sucedidas recámaras, salas y aposentos. Y que ni la misma tragicomedia había guardado las leyes que daba; pues juntaba los siglos de Adonis y Venus con los de Atlante y Hespero y con los presentes y venideros; y en los entreactos16, los de Midas y Baco con los de Dafne, Siringa y Pomona. Y últimamente los actos y entreactos contenían dioses y transformaciones y multitud de personas juntas con cosas no permitidas por la Arte poética de nuestro poeta Horacio. Por todo lo cual nos pedían y suplicaban hiciésemos en la causa, según por su parte se había pedido ; y pidieron justicia y ser recibidos a prueba. De la cual petición nuestras musas mandaron dar traslado a la otra parte17. La cual dijo que todavía debíamos denegar a la parte contraria lo pedido en su demanda, porque todo lo que de nuevo alegaban se excluya por lo que dicho y alegado tenían ; y porque si ella era mujer, también lo eran nuestras carísimas hermanas las nueve musas, sin embargo de lo cual las hemos hecho del nuestro Consejo Real de Poesía ; porque en ellas asienta nuestro furor Cirreo, como el esmalte sobre el oro; y asimismo nuestra serenísima hermana Pallas Minerva era diosa de las ciencia. Y en España su progenitora Maya, hija de Atlante, ínclito rey de ella, a todas nueve no había dado ventaja. Y también fueron insignes en buenas letras, la dignísima marquesa de Cenete18 , la celebrada Isabela, joya de Barcelona19, la eruditísima Sigea toledana20, a quien por sus letras latinas y hebreas la serenísima reina de Portugal, con increíble admiración, recibió en su casa e hizo maestra de la clase, que en ella tenía de mujeres ilustres; doña Ángela Zapata, doña Ana Osorio burgalesa y doña Catalina de Paz, gloria y honor de Guadalajara; y otras españolas sin número que siempre han honrado las Españas, señalándose en ellas todos tiempos21. Que ella no ponía defecto ni otra nota en la elegancia y elocuencia, donaires y sales de las comedias españolas, muchas de las cuales reconocía en esta parte por maravillas nuestras, inspiradas de nuestro celestial influjo. Que sola su censura era del único lugar público y contexto de breve tiempo y división de actos y escenas, en que se afirmaba haber ganado nuestra corona de laurel y haber faltado todos los cómicos españoles. Los cuales no se debían ofender de esta censura, que muy más rigurosa era la de otras muchas personas, y señaladamente la del buen caballero andante don Quijote de la Mancha, cuyo Rocinante se atrevió a morder a nuestro caballo Pegaso y le dijo en jumental idioma que las comedias de los dichos poetas lo habían convertido en caballo gradario22, haciéndole discurrir algunas de ellas, casi por todas las partidas del mundo con sus autores y actores23. Que si algunas habían merecido el aplauso de grandes príncipes y suspensión de aficionados a buenas letras, también mereció el aplauso de la Majestad del prudentísimo Felipe Segundo y de los muchos príncipes y doctos que le asistieron la gran comedia que en Milán se le representó en su viaje a Flandes, siendo Príncipe de las Asturias, cuyo escritor dice haber sido una de las mejores que se habían representado en Italia; y eso le había obligado a decir la sola división de cinco actos y las escenas de nuestras musas, ninfas, Baco y Sileno, que ella asimismo introducía en su tragicomedia. Que restituir la antigüedad es de las mayores gentilezas de los bien entendidos, no arcaísmo sino fineza muy estimada. Que ya cesaba la disputa, si eran posibles o no eran posibles las leyes y preceptos de su arte, pues se veían guardados tan puntualmente en su primera y segunda parte. En las cuales la licencia poética usada discretamente había permitido que concurriesen los tiempos de Adonis con los de Atlante, y los de Midas y Baco con los nuestros y de nuestra querida Dafne y con los de Pan, Vertuno y los demás. Que de los dioses y diosas introducidos, como personas humanas, no hablaba la prohibición de nuestro poeta Horacio ; y menos de las transformaciones referidas en relación ; y asimismo no se entendía con las de los entreactos, que él llama sátiros, dichos vulgarmente entremeses, porque en éstos principalmente se procura mover a expectación y entretenimiento, a lo cual mueven más las apariencias24. Que la multitud de personas era prohibida, cuando hablaban muchos juntos causando confusión, no cuando hablaban tres o cuatro entre sí y otros aparte sin causarla. Porque nos suplicaba hiciésemos y proveyésemos como tenía pedido y pidió justicia. Todo lo cual visto en el dicho nuestro Consejo, se hubo el pleito por concluso y se recibió a prueba, con cierto término, dentro del cual por la parte de los poetas se presentaron todas sus comedias y tragedias hechas en romance y lengua española, hasta los tiempos del Magno Felipe Cuarto, rey de las Españas; con que vinieron cargadas muchas recuas y carretas que llenaron los archivos y almacenes de nuestra Elicona. Y juntamente dijeron sus dichos muchos testigos, poetas y no poetas, que todos unánimes y contestes, depusieron que eran grandes y famosas las dichas comedias y tragedias ; y que así las veían intitular y ser habidas y tenidas comúnmente por tales, con extraordinario aplauso de todos ; y que todo lo demás era novedad y cosa de risa. Y por la otra parte solamente se reprodujo su tragicomedia por los poetas con su demanda presentada y se presentaron algunos testigos, pocos o ningunos contestes, y todos los demás singulares que, aunque dijeron algo en su favor, todos vinieron a concluir que por ser cosa tan nueva para España, no se sabía bien determinar en decir su parecer; y así se remitían a las leyes y ordenanzas de nuestra poesía. Y habiéndose dado traslado a las partes de las dichas comedias y probanzas de conformidad, concluyeron para sentencia y por nuestras musas fue habido el pleito por concluso; y hallándome yo a la vista en la sala y a la determinación en el acuerdo, pronunciamos sentencia definitiva del tenor siguiente.
En el pleito entre partes etc. hallamos que debemos declarar y declaramos la Tragicomedia [de] los jardines y campos sabeos haber ganado nuestra corona de laurel en la arte y preceptos de los cómicos antiguos a todas las comedias y tragedias españolas, compuestas hasta los tiempos del Magno Felipe Cuarto de las Españas. Y mandamos a nuestros poetas españoles que en las comedias que de aquí adelante se hicieren, guarden las leyes y preceptos de su Primera y Segunda Parte, so pena de no ser tenidos de nos por cómicos ni trágicos ; y que los mandaremos borrar y tildar del catálogo de nuestros poetas y de los libros de nuestras mercedes y situados con destierro a nuestra voluntad, de las altas cumbres de nuestro Parnaso. Y mandamos se lea en todas nuestras academias por arte de buenas comedias, ley y pragmática sanción hecha en nuestras cortes la dicha tragicomedia y sus reglas y preceptos25. Y juzgando así lo pronunciamos y mandamos sin costas. Y que se ejecute esta sentencia sin embargo de suplicación y se despache carta ejecutoria de ella. Apolo Febo, Calíope, Euterpe, Clío, Talía, Urania, Erato, Terpsicote, Polimnia, Melpómene. Dada fue y pronunciad la dicha sentencia en el Monte Parnaso, en su sala de audiencia pública de poesía, por su Majestad de nuestro rey y señor Apolo Febo y por las ilustrísimas infantas, sus carísimas hermanas, las nueve musas de su Real Consejo de Poesía, que en ella firmaron sus nombres. En nueve de octubre de mil seiscientos y veinte y tres años. Por su mandado, Orfeo de Tracia, Secretario. Porque vos mandamos que veáis la dicha sentencia de suso contenida y la guardéis, cumpláis y ejecutéis y hagáis guardar, cumplir y ejecutar, según y cómo en ella se contiene; y no fagades ni fagan ende al, so pena de la nuestra merced y las demás penas en ella contenidas y de todas sus anticomedias para la nuestra cámara; so la cual mandamos a cualquier nuestro poeta, aunque no sea de los del número os la notifique y dé testimonio de ello, porque nos sepamos, como se cumple nuestro mandado. Dada en los jardines de nuestro Monte Parnaso, en primero de marzo de mil y seiscientos y veinte y cuatro años. Apolo Febo, Calíope, Euterpe, Talía. Por su mandado Orfeo de Tracia, Secretario. Registrado. Anfión. Por Chanciller, Anfión.